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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado la sentencia dictada para los miembros de la Manada por la violación de San Fermín 2016.
Una sentencia que en noviembre del pasado año condenó a 3 años y 3 meses de prisión y 5.670 euros de multa, como autores de un delito contra la intimidad, a los dos acusados que grabaron siete vídeos y realizaron dos fotografías de la violación grupal continuada perpetrada por ellos y por los otros tres procesados el 7 de julio de 2016 en Pamplona.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN ratifica las penas establecidas por la violación de la Manada, así como la absolución de los tres encausados.
En julio de 2019, el Tribunal Supremo condenó a los cinco acusados como autores de un delito continuado de violación a 15 años de prisión. A uno de ellos, A.M.G.E., le impuso 2 años más por un delito de robo con intimidación. Entonces, el Supremo revocó la sentencia.
El delito contra la intimidad se consuma con la grabación de la misma.
En la sentencia notificada este jueves, los magistrados del TSJN rechazan las alegaciones de la defensa de A.J.C.E., quien argumentó que éste grabó las imágenes pero sin intención de atentar contra la intimidad de la denunciante puesto que, según expuso, las borró en cuanto comprobó que la perjudicaban.
Los jueces aseguran que esta afirmación contradice frontalmente con el relato de hechos probados.
La Sala de lo Civil y Penal ha rechazado tanto los recursos de la fiscalía y dos acusaciones, que interesaron la condena de los tres procesados absueltos, mientras que la defensa abogó por la absolución de los cinco.