El Juzgado contencioso administrativo número 12 de Sevilla ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa propietaria del Gimnasio SATO contra el acuerdo del pleno del Ayuntamiento. Acuerdo en el que se resolvía la concesión por incumplimiento culpable de este contratista.
En este caso, el Juzgado le ha dado la razón al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra al reconocer que hubo un incumplimiento manifiesto de las obligaciones de la empresa titular del Gimnasio SATO ya que «cerró de manera unilateral las instalaciones y cesó la explotación del servicio».
Sin embargo, la sentencia sí que hace modificaciones en la cuantía de la liquidación del contrato sobre el SATO. Justicia resuelve que la liquidación sea de 1.420.000 euros, por lo que el ayuntamiento tendrá que abonar 458.000 euros de diferencia en relación a los 960.000 euros que la Corporación Municipal en 2018 valoró como indemnización adecuada.
Por su parte, la empresa titular de SATO exigía al consistorio una indemnización de más de 6 millones de euros.
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