Condenado por abusar de una niña de 7 años en Mairena del Alcor
Condenado por abusar de una niña de 7 años a tres años de cárcel, 5 de libertad vigilada, 10 años de alejamiento de la víctima y el pago de 12.000 euros
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía abordó un recurso de apelación emitido por A.M.B., vecino de Mairena del Alcor condenado previamente por a tres años de cárcel por un delito de abuso sexual perpetrado sobre una niña de siete años.
El tribunal ha confirmado la sentencia de tres años de cárcel para este hombre, que abusó de la menor, hija de un amigo, y ha sido condenado por abusar de una niña de 7 años. Los hechos ocurrieron en su domicilio, ubicado en Mairena del Alcor.
Aprovechó la ausencia de su padre para «lamer los genitales» de la menor
Los hechos se remontan al 24 de julio de 2016. El padre de la menor y su hija acudieron al domicilio del acusado, quien era amigo de la familia. Allí estuvieron entretenidos viendo la televisión y jugando a la videoconsola. Sobre las 13:30 horas, el padre de la niña se ausentó durante una hora aproximadamente para encargar y recoger el almuerzo a un restaurante chino de la localidad.
En ese tiempo, según recoge en un comunicado la agencia de noticias Europa Press que se ha hecho eco de la sentencia, «el acusado, aprovechando que se quedaba solo con la menor y que en ocasiones había jugado con la niña a hacerle pedorretas, puso sobre la cama de su dormitorio a la menor, la desnudó y procedió a lamerle los genitales».
La menor, de 7 años de edad, le contó a su padre lo sucedido al detalle, lo que le llevó a interponer al día siguiente denuncia contra A.M.B. en los juzgados de Carmona.
No era la primera vez que la menor se quedaba sola con el acusado
La relación de amistad entre el acusado y la familia era tan íntima que incluso la niña le denominaba «primo». A.M.B. conocía a la menor desde su nacimiento y tenía una relación casi familiar con ella y con su familia.
Los padres, durante el juicio, expusieron que la confianza era tan grande que llegaron a dejar varias veces a la menor en el domicilio del acusado en las ocasiones en las que se ausentaban. Nadie hacía presagiar que esta persona pudiera abusar de una niña de 7 años.
Sentencia condenatoria por abusar de una niña de 7 años en Mairena del Alcor
Todas las pruebas han llevado al tribunal a que el hombre fuese condenado por abusar de una niña de 7 años. La pena es de tres años de cárcel por un delito de abuso sexual con la atenuante de reparación del daño en calidad de muy cualificada, imponiéndole además una pena de cinco años de libertad vigilada, diez años de alejamiento de la menor y una indemnización de 12.000 euros en favor de la niña y su familia.
EL TSJA señala que hay «prueba de cargo plural, válida y acreditativa de la culpabilidad del acusado»
El acusado esgrimía «vulneración de los derechos a la igualdad de armas, tutela judicial efectiva, juicio justo, principio de contradicción y a un proceso con todas las garantías».
Además sostenía que la prueba de exploración forense de la menor «carecía de validez» al presentarse «con una mera copia en DVD que estaba partido en dos cuando fueron recepcionadas por la Audiencia, copia que además carecía de autenticación por medio de fe pública judicial».
Sin embargo, el TSJA descarta que ello sea así y señala que no proceden tales reclamaciones. Sostiene que el testimonio de la niña es «coherente, mantenido, verosímil y corroborado por el resto de las pruebas». Las pruebas reflejan además «presencia de saliva del acusado en los genitales de la menor» según el comunicado, a tenor de los restos de análisis biológicos incorporados a la causa. «Además, el acusado disponía de la copia de DVD antes de que se rompiera», señala la sentencia.
El TSJA zanja que la sentencia ha contado con prueba de cargo plural, válida y acreditativa de la culpabilidad del acusado, por lo que desestima cualquier tipo de recurso de apelación contra el mismo.
El acusado ha sido condenado por abusar de una niña de 7 años a una pena de 3 años de cárcel, 5 años más de libertad vigilada, 10 años de alejamiento de la víctima y al pago de 12.000 euros de indemnización.
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